MINISTERIO DE JUSTICIA Y MINISTERIO DE SALUD
Resolución Conjunta 1/2025
RFCIN-2025-1-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 16/04/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-23391743-APN-DGDYD#MJ, los Decretos Nros. 8 del 10 de diciembre de 2023, 45 del 14 de diciembre de 2023, 735 del 15 de agosto de 2024, 1138 del 30 de diciembre de 2024, la Resolución del ex MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Nº RESOL-2018-899-APN-MJ del 12 de octubre de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que, en cuanto a la normativa aplicable, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 8/23 modificó la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, estableciendo los Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación y las Secretarías de Presidencia necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación, incluyendo entre ellos al MINISTERIO DE JUSTICIA y al MINISTERIO DE SALUD.
Que, en este sentido y atento las modificaciones introducidas en la Ley de Ministerios citada “ut supra”, se efectuaron las correspondientes adecuaciones en la conformación organizativa, transfiriendo mediante el artículo 2° del Decreto N° 45/23 a la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA (SEDRONAR) desde la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS al MINISTERIO DE SALUD.
Que, por el Decreto N° 1138/24, se aprobó la estructura organizativa, tanto de primer nivel como de segundo nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD, junto con los Organigramas, las Responsabilidades Primarias y Acciones correspondientes a cada área.
Que, por el Decreto N° 735/24, se aprobó la estructura organizativa, tanto de primer nivel como de segundo nivel operativo del MINISTERIO DE JUSTICIA, junto con los Organigramas, las Responsabilidades Primarias y Acciones correspondientes a cada área.
Que, a través del artículo 1º de la Resolución Nº RESOL-2018-899-APN-MJ, se aprobó el “PROTOCOLO DEL PROGRAMA PILOTO SOBRE JUSTICIA TERAPEUTICA. TRATAMIENTO INTEGRAL DE INFRACTORES DE LA LEY PENAL CON CONSUMO PROBLEMATICO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS”, nominado en IF-2018-51276359-APN-SSAPYRPJYCA#MJ, con sus correspondientes anexos: ANEXO I (IF-2018-51182507-APN- SSAPYRPJYCA#MJ), ANEXO II (IF- 2018-51177418-APN-SSAPYRPJYCA#MJ), ANEXO III (IF-2018-51177191-APN- SSAPYRPJYCA#MJ), respectivamente, integrantes de dicha resolución.
Que el mencionado protocolo estableció las reglas que rigen en el “PROGRAMA PILOTO SOBRE JUSTICIA TERAPÉUTICA. TRATAMIENTO INTEGRAL DE INFRACTORES DE LA LEY PENAL CON CONSUMO PROBLEMÁTICO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS”, establecido con el propósito de implementar un tratamiento integral tendiente a reducir el consumo de sustancias psicoactivas, evitar la reiteración de conductas delictivas y favorecer la integración social de los participantes tal como se expresa en el artículo 1° del ANEXO I de la citada resolución ministerial.
Que, al combinar el abordaje integral y el ámbito judicial, el modelo ha demostrado ser una herramienta eficaz, tanto para la reducción de la reiteración o la reincidencia, según sea el caso, de personas con consumo problemático de sustancias en conflicto con la ley penal como para su recuperación e integración social.
Que, con motivo de la aplicación del referido protocolo, desde el año 2018 se encuentra en funcionamiento el Tribunal de Justicia Terapéutica en el ámbito del JUZGADO NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL Nº 5 con asiento en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que la evidencia recolectada demuestra que la implementación del Programa en el referido tribunal ha sido satisfactoria, pues de la totalidad de infractores que efectivamente iniciaron su participación, más del SESENTA POR CIENTO (60 %) lo ha concluido de manera exitosa y el resto de los participantes se encuentran llevándolo a cabo.
Que el funcionamiento y los resultados del Programa se constituyen en antecedentes de relevancia que justifican la conveniencia y necesidad de expandir la aplicación del protocolo a otros órganos jurisdiccionales.
Que, a fin de que las distintas jurisdicciones del país implementen este tipo de programas, es menester promover redes de cooperación interinstitucional e idear acciones multidisciplinarias que los diversos órganos del ESTADO NACIONAL puedan llevar a cabo conjuntamente.
Que, en esa comprensión, el MINISTERIO DE JUSTICIA y el MINISTERIO DE SALUD, este último a través de la SEDRONAR, convocaron a representantes del PODER JUDICIAL DE LA NACION, del MINISTERIO PUBLICO FISCAL y del MINISTERIO PUBLICO DE LA DEFENSA DE LA NACIÓN.
Que el trabajo interinstitucional dio por resultado la elaboración del protocolo para el desarrollo del “PROGRAMA INTEGRAL DE INTERVENCIÓN DENOMINADO TRIBUNAL DE TRATAMIENTO DE DROGAS”, aplicable a personas judicializadas por delitos de menor gravedad relacionados con el consumo problemático de sustancias psicoactivas, que incluye modificaciones en distintos aspectos al Protocolo aprobado por la referida Resolución N° RESOL-2018-899-APN-MJ.
Que las modificaciones realizadas sobre el protocolo aprobado en el año 2018 han sido evaluadas favorablemente en ambos Ministerios, de manera que, con dicha consideración, corresponde disponer su aprobación.
Que, conforme ha quedado establecido en el referido protocolo, el nuevo Programa fue gestado con el objetivo de reducir la reiteración delictiva; contribuyendo a mejorar los niveles de seguridad pública y promoviendo la salud integral del individuo.
Que el nuevo programa está destinado a personas en situación de consumo problemático de drogas que hayan cometido delitos de menor gravedad, según se indica seguidamente y se encuentren judicializadas, sin estar cumpliendo una pena de prisión efectiva.
Que este encuadre comprende a quienes se les haya impuesto una medida alternativa al encarcelamiento o una forma de finalización del proceso que no implique la ejecución de la pena en prisión y que incluya alguna clase de condición que deba ejecutarse en un lapso determinado.
Que, para ingresar al Programa, los aspirantes deben aceptar incorporarse a un tratamiento integral por consumo problemático de drogas supervisado judicialmente por un Tribunal de Tratamiento de Drogas (TTD).
Que el “TTD”, desarrollado en la órbita de tribunales penales tradicionales, constituye una alternativa al proceso penal convencional, destinada a los infractores que cometen delitos de menor gravedad motivados por un consumo problemático de drogas. Su estrategia de intervención combina la tramitación de las causas judiciales con un tratamiento integral de recuperación del consumidor.
Que, a los efectos de consolidar y garantizar la implementación de las acciones y procedimientos que se desplieguen en el marco del Programa que aquí se aprueba, el MINISTERIO DE JUSTICIA y el MINISTERIO DE SALUD encomiendan a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA CRIMINAL, dependiente de la SECRETARÍA DE JUSTICIA, la labor de coordinar la articulación interinstitucional del nuevo Programa con las autoridades judiciales y los ministerios públicos y asegurar la provisión de los recursos técnicos y normativos necesarios para la correcta implementación del protocolo.
Que, a los efectos de garantizar la accesibilidad a tratamiento en el marco de una red de abordaje integral el MINISTERIO DE JUSTICIA y el MINISTERIO DE SALUD, encomiendan a la SUBSECRETARIA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS, de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS la coordinación de las estrategias de atención para las personas judicializadas por conductas delictivas relacionadas con el consumo problemático de sustancias que participen del Programa que aquí se aprueba.
Que, a fin de generar evidencia, ambos Ministerios acuerdan que la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA CRIMINAL, dependiente de la SECRETARÍA DE JUSTICIA y la SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICAS EN MATERIA DE DROGAS, dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA (SEDRONAR), sean los encargados de garantizar el monitoreo y la evaluación integral del mencionado Programa.
Que, con posterioridad al dictado de la presente, el MINISTERIO DE JUSTICIA dispondrá la derogación de la referida Resolución Ministerial N° RESOL-2018-899-APN-MJ.
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE JUSTICIA y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE SALUD.
Que los titulares de ambos Ministerios resultan competentes para el dictado de la presente medida, con fundamento en los artículos 4°, inciso b), apartado 9, 22 y 23 de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA
Y
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVEN:
ARTICULO 1º.- Apruebase el PROTOCOLO DEL “PROGRAMA INTEGRAL DE INTERVENCIÓN DENOMINADO TRIBUNAL DE TRATAMIENTO DE DROGAS” que, como ANEXO I (IF-2025-39534216-APN-SSPC#MJ), integra la presente.
ARTÍCULO 2º.- Apruebanse los ANEXOS II –entrevista y evaluación– (IF-2025-23533848-APN-SSPC#MJ), III consentimiento informado– (IF-2025-23533829-APN-SSPC#MJ) y IV –entrevista sobre el alcohol, tabaco y otras drogas– (IF-2025-23533752-APN-SSPC#MJ), respectivamente, correspondientes al Protocolo del Programa aprobado por el artículo 1°, los cuales integran la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Encomiéndase a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA CRIMINAL, dependiente de la SECRETARÍA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA, la articulación del Programa con las autoridades judiciales y ministerios públicos, el desarrollo de tareas de promoción de esta práctica en las distintas jurisdicciones y la celebración de los convenios necesarios para su realización.
ARTÍCULO 4º- Encomiéndase a la SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS (SEDRONAR) del MINISTERIO DE SALUD la articulación del Programa con las autoridades sanitarias y efectores de salud, el desarrollo de tareas de promoción de esta práctica en las distintas jurisdicciones y la coordinación de las estrategias de atención y tratamiento para las personas en situación de consumo problemático que participen del Programa que aquí se aprueba.
ARTÍCULO 5º.- Encomiéndase a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA CRIMINAL, dependiente de la SECRETARÍA DE JUSTICIA, y a la SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICAS EN MATERIA DE DROGAS, dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA (SEDRONAR) del MINISTERIO DE SALUD, la tarea de garantizar el monitoreo y la evaluación integral del mencionado programa.
ARTÍCULO 6º.- La presente resolución entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTICULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mariano Cúneo Libarona – Mario Iván Lugones
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/04/2025 N° 26334/25 v. 25/04/2025
Fecha de publicación 25/04/2025
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina (www.boletinoficial.gob.ar)
Sobre el autor