PRÓRROGA DE VENCIMIENTOS

PorEstudio Balestrini

PRÓRROGA DE VENCIMIENTOS

PRÓRROGA DE VENCIMIENTOS

La AFIP dictó diferentes medidas como consecuencia de la situación de emergencia sanitaria por el Coronavirus. En este orden se establece:

– Se prorroga al 18,19 y 20 de mayo de 2020 el vencimiento para el pago y presentación de las cargas sociales correspondientes al mes de abril.-
– Se prorroga al 26 y 27 de mayo del 2020 el plazo para la presentación y pago de la declaración jurada del impuesto a las ganancias 2019 de las personas jurídicas cuyo cierre de ejercicio haya operado el 31/12/2019.
– Aquellas personas jurídicas contribuyentes y/o responsables del impuesto a las ganancias con cierres de ejercicio en el mes de noviembre de 2019, podrán presentar la Memoria, Estados Contables e Informes del Auditor correspondientes al año 2019, hasta el 30/06/2020.
– Se prorroga la presentación y pago del IVA correspondiente al mes de abril de 2020 hasta los días 20, 21 y 22 de mayo según la terminación del número de CUIT.
– Las personas jurídicas contribuyentes del impuesto a las ganancias podrán acceder al Miniplan -RG (AFIP) 4057-E- para regularizar las deudas del impuesto hasta el 30/06/2020, ingresando un pago a cuenta del 25% y en hasta 3 cuotas, no teniéndose en cuenta la categorización de SIPER.
– Se incrementa de 3 a 6 la cantidad de planes vigentes del régimen del facilidades de pago permanente para las grandes empresas.

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